Diputados aprobaron cambios al estatuto agrario que beneficiarán a empresarios y políticos amigos de Stroessner que se enriquecieron de forma ilegal. Ahora el Senado debe votar.
El 16 de diciembre de 2020, mientras nadie prestaba atención, la Cámara de Diputados aprobó un proyecto que modifica y amplía varios artículos del Estatuto Agrario, la principal ley que rige la regulación de tierras públicas en Paraguay. El proyecto fue presentado por los diputados Avelino Dávalos (Caazapá – ANR), Pastor Soría (San Pedro – ANR) y Hugo César Capurro (Misiones – PLRA llanista) como miembros de las comisiones de Bienestar Rural y la de Ecología, Recursos Naturales y Medio Ambiente. El proyecto fue calificado como «o más acertado» en una audiencia pública por el presidente de la Comisión de Defensa de la Propiedad Privada de la Asociación Rural del Paraguay (ARP), Diego Torales, que a su vez participó como representante de la ARP en el consejo del INDERT, donde felicitó a los proyectistas. Su única objeción: que el Indert esté habilitado de oficio a pedir mensuras judiciales en sitios donde haya sospechas de que se ocupan tierras fiscales. «Ya tenemos demasiados casos pendientes para abrir nuevos expedientes», argumentó.
Los cambios al Estatuto Agrario son varios, y no todos son cuestionables. Por ejemplo, amplía como beneficiarios de la reforma agraria a docentes que enseñan en las colonias campesinas o agrega como causal de desafectación de tierras públicas a quienes cometan delitos ambientales en ellas.
Pero la principal modificación está en el artículo 88, que habilita «por única vez» a que quienes «ejerzan pública y pacíficamente la ocupación de inmuebles rurales en la Región Oriental, patrimonio del Organismo de Aplicación» que es el Indert, a tener derecho a adquirir la fracción ocupada aunque «no sean considerados beneficiarios» de la reforma agraria. Los mismos podrán pagar el 70% del valor de la tierra en el mercado.
En palabras de Juan Antonio León, abogado agrarista parte del Centro de Estudios e Investigaciones de Derecho Rural y Reforma Agraria (CEIDRA), dependiente de la Universidad Católica, el proyecto da oportunidad a que tenedores de tierras malhabidas legalicen su estatus, lo que elimina la posibilidad de recuperarlas.
De acuerdo con el Informe Final de la Comisión de Verdad y Justicia (CVJ), serían aproximadamente 8 millones de hectáreas las tierras que la dictadura de Stroessner dio a empresarios y políticos amigos de Stroessner — el mismo tamaño del territorio de Panamá. Entre quienes recibieron propiedades figuran el padre del presidente de la República, Mario Abdo Benítez, las familias Zavala y Bendlin, el ex director de Itaipú Ernst Bergen o el tío del ex presidente Cartes, Rubén Viveros Cartes. El proyecto, además, se da meses después de que una serie de publicaciones periodísticas — entre las que se encuentra un reportaje de El Surtidor sobre cómo el hermano del senador Fidel Zavala revendió sus tierras malhabidas al Estado — echara luz sobre el tema. En ese entonces, el senador Zavala puso en duda el trabajo de la CVJ.
La modificación al artículo 88 «contradice toda la estructura del Código Civil que establece sobre los actos nulos y anulables, se los deroga con el solo fin de no molestar a sectores muy poderosos como la ARP o la UGP», dice el abogado Juan Antonio León. La nulidad de los títulos otorgados por el entonces IBR durante la dictadura, por incumplir con el Estatuto Agrario de aquel momento, fue durante años el principal argumento jurídico en los escasos intentos de recuperación de tierras malhabidas.
Esta disposición no solo serviría a quienes accedieron a tierras malhabidas durante la dictadura, señala León. «Se pretende facilitar posesiones irregulares. Existen asentamientos enteros que desaparecieron bajo los sojales o se encuentran usurpados por ganaderos, que en ambos casos han comprando posesiones precarias o «derecheras» con anuencia de los propios campesinos y los funcionarios del INDERT que generalmente actúan de intermediarios para instalar las irregularidades», explica.
El problema de venta de derecheras conjuga la falta de ausencia de planes productivos, infraestructura y apoyo técnico para las colonias campesinas, en contraposición a la gran inversión pública para el agronegocio y el avance de sojales en asentamientos, poniendo en peligro de intoxicación por agroquímicos niños, niñas y adolescentes, como puede verse en lugares como Limoy, Mingá Porá. Los investigadores Luis Rojas y Abel Areco documentaron en el libro Las colonias campesinas de Paraguay de Base Investigaciones Sociales que según el propio INDERT, entre el 35 y 40% de las tierras de la reforma agraria que el Estado otorgó para la creación de colonias — producción de agricultura familiar— han sido usurpadas.
El artículo 88 no es la única modificación a favor del agronegocio. El artículo 20 del Estatuto Agrario fue cambiado para habilitar de vuelta a ganaderos como posibles beneficiarios de tierras públicas en la Región Oriental. La redacción de la ley vigente sólo los habilitaba a ser beneficiarios en el Chaco.
Para León «el Estado no puede o no debe estar adquiriendo tierras paraganaderos que están muy protegidos gremialmente y cuentan con grandes extensiones de tierra en ambas regiones». La rehabilitación a ganaderos a acceder a lotes de hasta 470 hectáreas en la Región Oriental, según el abogado, «permitiría que una o dos personas sean dueñas de un terreno que podría albergar a decenas de familias agricultoras».
El tiro de gracia a la reforma agraria
A instancias del Servicio Nacional de Catastro en una audiencia pública, el proyecto aprobado por Diputados también exige en su artículo 16 la ausencia de «antecedentes judiciales y policiales» para ser beneficiado con tierras de la reforma agraria. El cambio a simple vista puede parecer una medida correcta., Pero CEIDRA y voceros y voceras de organizaciones campesinas como Gaspar Florenciano de la Organización por la Lucha por la Tierra (OLT) y Perla Álvarez, de la Organización de Mujeres Campesinas e Indígenas (Conamuri), advierten que la modificación puede excluir a cientos de campesinos judicializados de forma arbitraria en el marco de la lucha por la tierra en Paraguay. «La única forma de que el Estado te haga caso cuando se trata de tierra es manifestarse u ocupando», dice Florenciano de la OLT. La preocupación es real cuando se tiene en cuenta la multitud de casos documentados de imputaciones y persecuciones policiales y judiciales selectivas contra campesinos en Paraguay, como ocurrió en la masacre de Curuguaty, donde 11 personas fueron condenadas sin pruebas.
En el libro “Judicialización y violencia contra la lucha campesina” de los investigadores Abel Areco y Marielle Palau analizaron varios casos de imputaciones selectivas por reclamar tierras o protestar contra fumigaciones ilegales en sus comunidades. Un registro de El Surtidor documenta al menos 33 casos más que afectaron a mujeres campesinas e indígenas desde la caída de la dictadura.
Para Perla Álvarez de Conamuri, el nuevo estatuto aprobado por Diputados «es un paso atrás en términos de realización de la Reforma Agraria, que es un mandato constitucional, y va en contra de los derechos campesinos». Tanto Conamuri como OLT denuncian que no fueron consultadas en la elaboración de un estatuto que les afectará directamente. Analizan a la fecha qué acciones tomarán para evitar que la ley se apruebe en el Senado. El 18 de mayo, la Federación Nacional Campesina (FNC) ya realizó mítines en Caaguazú, Canindeyú y San Pedro en rechazo al proyecto colorado y llanista. CEIDRA, por su parte, envió una carta al senador Pedro Santacruz (PDP), presidente de la comisión de Bienestar Rural de esa cámara, donde enumera los principales argumentos en contra del nuevo estatuto. La otra comisión a cargo de su estudio en la Cámara Alta es la de Legislación, a cargo de Sergio Godoy (ANR).
Fuente: El Surtidor