La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y su Relatoría Especial sobre Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (REDESCA) publican la Resolución sobre Políticas Fiscales y Derechos Humanos en las Américas, adoptada por la CIDH el 28 de abril de 2026. La Resolución ofrece orientaciones para el desarrollo, adopción, implementación, seguimiento y evaluación de políticas fiscales compatibles con las obligaciones internacionales de derechos humanos, de conformidad con la Carta de la Organización de los Estados Americanos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Declaración Americana, el Protocolo de San Salvador y otros instrumentos interamericanos relevantes.
La Resolución parte del reconocimiento de que las políticas fiscales —incluidas las decisiones relativas a ingresos públicos, tributación, presupuesto, gasto, endeudamiento y sostenibilidad fiscal— pueden incidir en el goce y ejercicio de los derechos humanos, tanto civiles y políticos como económicos, sociales, culturales y ambientales. Al mismo tiempo, recuerda que los Estados conservan un margen para definir sus políticas fiscales y las prioridades de su acción pública, de conformidad con sus marcos constitucionales, democráticos e institucionales y atendiendo a sus diversos contextos nacionales. Dicho margen, sin embargo, debe ejercerse en observancia de las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos.
La Resolución no tiene por objeto prescribir un modelo económico, tributario o de política pública específico. Su finalidad es contribuir a la sistematización de estándares interamericanos aplicables a las políticas fiscales desde un enfoque de derechos humanos, incluyendo los principios de igualdad y no discriminación, progresividad y no regresividad, movilización del máximo de los recursos disponibles, protección de niveles mínimos esenciales, legalidad, proporcionalidad, transparencia, acceso a la información, participación pública y rendición de cuentas.
La Resolución aborda los principales componentes de la política fiscal desde un enfoque de derechos humanos, incluyendo tributación, presupuesto, gasto público, deuda, sostenibilidad fiscal, condicionalidades, crisis y reformas económicas, sostenibilidad ambiental y emergencia climática, actividad empresarial, integridad pública y cooperación internacional. Asimismo, ofrece orientaciones sobre movilización de recursos públicos, sistemas tributarios adecuados y equitativos, protección de niveles mínimos esenciales, evaluación de impactos en derechos humanos, transparencia, participación, rendición de cuentas, prevención de la corrupción, transición justa, formalización económica, empleo decente y protección de personas y grupos en situación de vulnerabilidad.
El proceso de elaboración de la Resolución se nutrió de consultas técnicas, espacios de diálogo con personas expertas, organizaciones de la sociedad civil, academia y representantes estatales, así como de aportes escritos recibidos mediante un cuestionario de consulta y solicitudes de información formuladas en el marco de los artículos 41 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 18 del Estatuto de la CIDH. También incluyó una audiencia pública regional de oficio, talleres, reuniones de trabajo y otros espacios de intercambio.
Con esta publicación, la CIDH y la REDESCA buscan contribuir al fortalecimiento de las capacidades estatales para el diseño e implementación de políticas fiscales consistentes con las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos. La CIDH y su REDESCA se ponen a disposición de los Estados Miembros para brindar la asistencia técnica que se requiera a fin de apoyar la implementación de los estándares y disposiciones establecidos en la Resolución.
La Relatoría Especial sobre los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales es una oficina creada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) con el objetivo de fortalecer la promoción y protección de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales en el continente americano, liderando los esfuerzos de la Comisión en esta materia.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
Fuente: CIDH

